Disminución de pagos provisionales por contingencia COVID-19

Debido a la contingencia sanitaria por motivo de la pandemia del COVID-19, los ingresos de muchas empresas se vieron considerablemente disminuidos, lo que ha tenido un impacto negativo. Adicionalmente, las obligaciones fiscales se tienen que seguir declarando puntualmente y afecta la liquidez de la mayoría de las empresas, al mismo tiempo que no se visualiza una fecha exacta sobre cuándo se normalizará esta situación.

Dentro de este ámbito, la Ley del Impuesto sobre la Renta prevé el beneficio de disminuir sus pagos provisionales, para lo cual se puede solicitar la autorización para disminuir el coeficiente de utilidad en los pagos provisionales a partir del segundo semestre de 2020.

Las reglas de la misma Ley, establecen que la solicitud de autorización para disminuir los pagos provisionales deberá ser presentada a más tardar un mes antes de la fecha de la que se pretende disminuir el coeficiente de utilidad, por lo que, si se desea disminuir el coeficiente de utilidad del mes de julio 2020 que vence el próximo 17 de agosto, el aviso se tiene que presentar antes del 17 de julio de 2020.

Es importante mencionar que la aplicación de la reducción del coeficiente de utilidad se deberá realizar a partir de la autorización por parte de las Autoridades Fiscales.

En Mazars, estamos para apoyarles en la elaboración, análisis y presentación de la solicitud de disminución de los pagos provisionales y el seguimiento que este conlleva.