Prórroga en materia de subcontratación en México

El 31 de julio de 2021, la Cámara de Diputados aprobó una prórroga de un mes para la entrada en vigor de los cambios derivados de la reforma laboral en materia de subcontratación.

El plazo para que las empresas de outsourcing y especializadas puedan cumplir con los requisitos establecidos por la reforma publicado el 23 de abril de 2021 vence el 1 de septiembre, contando así con un mes más para la transición aplicable.

Con la publicación de esta facilidad administrativa, los patrones podrán continuar con los trámites en materia de subcontratación en torno a la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Ley del Seguro Social (LSS), como son:

  • Obtener Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) para las empresas que presten servicios de subcontratación de servicios especializados o ejecuten obras especializadas, así como las empresas que presten servicios u obras complementarias entre empresas de un mismo grupo empresarial.
  • Para empresas prestadoras de personal, transferir su capital humano a las empresas beneficiarias del servicio, a través de la sustitución patronal, sin transmitir sus bienes.
  • Para las empresas prestadoras de servicios de personal, dar de baja los registros patronales por clase.
  • Presentar avisos cuatrimestrales, así como la información por los contratos que celebren con las empresas beneficiarias de los servicios u obras especializados en ejecución.
  • Migrar los trabajadores a través de la sustitución patronal, siempre y cuando se respeten los derechos laborales, como antigüedad y prima de riesgo de trabajo, entre otros.

En el ámbito fiscal, es importante recodar los documentos que a partir del 1 de septiembre formarán parte de la contabilidad para la deducibilidad para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR), así como el acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Ley 

Documento

Ley Federal de Trabajo

  • Registro al Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas, emitido por Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
  • Contrato de empresa de servicios especializados

Ley del Seguro Social

  • Cuotas obrero patronales e Infonavit.
  • Comprobante de pago

Código Fiscal de la Federación

CFDI nómina de trabajadores quienes hayan participado en la obra o servicio.

Ley del Impuesto sobre la Renta

  • Declaración del pago provisional por la obligación de ISR retenido por sueldos y salarios.
  • Comprobante de pago de línea de captura.

Ley del Impuesto al Valor Agregado

  • Declaración del pago provisional por la obligación de IVA
  • Comprobante de pago de línea de captura.     

¿Qué pasa con la retención del 6% de IVA?

Con la prórroga publicada el 31 julio pasado en el Diario Oficial de la Federación para obtener el Repse, el plazo para la retención del 6% de IVA se extiende, también, al 1 de septiembre de 2021.

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