Panorama regulatorio internacional ESG

En los últimos años, ha habido un movimiento regulatorio internacional muy relevante relacionado con los criterios ESG que ha ganado fuerza y que, desde ya, ha comenzado a impactar a los grandes grupos de todo el mundo, incluidos los mexicanos.

En este artículo, queremos darle un breve panorama regulatorio y de estándares que creemos relevante y a tomar en cuenta para las empresas. Incluso si su compañía todavía no está dentro del alcance de la regulación y estándares que mencionaremos, es probable que pronto le impacten o que ya haya comenzado a observar demandas de sus clientes.

A continuación, la regulación y estándares que hay que tener en la mira:

Corporate Sustainability Reporting Directive – ESRS

La Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD) es la directiva europea que ya ha entrado en vigor y que exige a una serie de empresas que operan en la UE que divulguen e informen públicamente sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza (ESG). Esto significa que las empresas tendrán que estar preparadas para cumplir con obligaciones de transparencia más exigentes sobre su compromiso con la sostenibilidad.

Esta regulación busca definir un lenguaje en común para la información sobre sostenibilidad y empareja el nivel entre información financiera y de sostenibilidad. A través de los European Sustainability Reporting Standards (ESRS), se busca mejorar la calidad y comparabilidad de la información.

Esta regulación cuenta con 12 estándares, e incluye criterios relacionados con las tres letras: ambiental, social y gobernanza. Alrededor de 50,000 compañías estarán sujetas a reportar y asegurar obligatoriamente aquello que divulguen.

Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del CSRD tendrán que informar sobre sus impactos en materia de sostenibilidad y sobre cómo los asuntos de sostenibilidad afectan al desarrollo, los resultados y la posición de la empresa (lo que se conoce como "doble materialidad").

Los estados miembros de la UE tendrán que terminar la transposición de la directiva a más tardar en julio de 2024.

Mazars tiene una guía general sobre CSRD que se puede consultar aquí y también una guía para los grupos no europeos pero que tienen actividades en Europa, que se puede descargar aquí.

International Sustainability Standards Board – IFRS S1 y S2

A finales de 2021, la Fundación IFRS anunció, en el COP 26 (conferencia de la ONU sobre cambio climático), la creación del International Sustainability Standards Board (ISSB) con el objetivo de desarrollar una referencia normativa global sobre sostenibilidad para los mercados financieros.

El ISSB ha definido cuatro objetivos:

  1. Desarrollar normas para contar con una base mundial de información sobre sostenibilidad.
  2. Satisfacer las necesidades de información de los inversionistas.
  3. Permitir a las empresas proporcionar información exhaustiva sobre sostenibilidad a los mercados mundiales de capitales.
  4. Facilitar la interoperabilidad con las divulgaciones específicas de cada jurisdicción y/o dirigidas a grupos de interesados más amplios.

En este caso, consta de dos estándares asociados, IFRS S1, enfocado en los requisitos generales para la divulgación de información financiera relacionada con la sostenibilidad y la IFRS S2, centrada en divulgar información relacionada con el clima:

IFRS S1

IFRS S2

Requisitos generales para la divulgación de información financiera relacionada con la sostenibilidad

Información a revelar relacionada con el clima

  • Solicita la divulgación de información material sobre riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad;
  • Establece requisitos generales de información
  • Señala otras normas y marcos (por ejemplo, las normas de la SASB y la guía de aplicación del marco de la CDSB) en ausencia de normas NIIF específicas; y
  • Subraya la necesidad de coherencia y conexión entre los estados financieros y la información sobre sostenibilidad, exigiendo que los estados financieros y la información sobre sostenibilidad se publiquen al mismo tiempo.
  • Establece la divulgación de información material sobre riesgos y oportunidades relacionados con el clima;
  • Incorpora las Recomendaciones del TCFD e incluye temas y métricas específicos de la industria relacionados con el clima de las normas SASB como orientación ilustrativa;
  • Exige la divulgación de información, cuando sea material, sobre riesgos físicos (por ejemplo, riesgo de inundaciones), riesgo de transición (por ejemplo, cambio regulatorio) y oportunidades relacionadas con el clima (por ejemplo, nuevas tecnologías); y
  • Establece la divulgación de información sobre la planificación de la transición, la resiliencia climática y las emisiones de alcance 1, 2 y 3.

Según las últimas actualizaciones de ISSB, estaremos viendo avances en junio de 2023. Sobre la aplicabilidad, dependerá de cada jurisdicción determinarla. Sin embargo, hay altas expectativas de que estos sean los estándares que se adopten en algunas compañías en México con la necesidad de subsecuente aseguramiento.

Securities and Exchange Commission (SEC) - The Enhancement and Standardization of Climate-Related Disclosures for Investors

En marzo de 2022, la SEC publicó la propuesta de norma, "The Enhancement and Standardization of Climate-Related Disclosures for Investors", con el amplio objetivo de que los registrantes (incluidos los emisores privados extranjeros) proporcionen a los inversionistas "información coherente, comparable y fiable, por lo tanto, útil para la toma de decisiones, que les permita formular juicios fundados sobre el impacto de los riesgos relacionados con el clima en las inversiones actuales y potenciales".

La norma propuesta se centra en la divulgación por parte de los registrantes de dos tipos de información relacionada con el clima:

  1. Impacto de los acontecimientos relacionados con el clima (fenómenos meteorológicos graves y otras condiciones naturales, así como los riesgos físicos identificados por el registrante)
  2. Impacto de las actividades de transición (incluidos los riesgos de transición identificados por los solicitantes de registro) para alcanzar los objetivos relacionados con el clima

Además, propone en términos de control interno y verificación de terceros lo siguiente:

  1. Todas las categorías de divulgación estarán sujetas a los controles y procedimientos de divulgación del registrante
  2. La información sobre emisiones de gases de efecto invernadero de los grandes declarantes acelerados estará sujeta al informe de certificación de un tercero calificado
  3. Las métricas financieras antes mencionadas estarán sujetas a los requisitos de control interno sobre los informes financieros y a una auditoría externa (como parte de la auditoría de los estados financieros)

La propuesta de norma puede clasificarse en las cuatro categorías siguientes:

a) Riesgos y gobernanza

  • Riesgos relacionados con el clima que es razonablemente probable que tengan un impacto material en el negocio, los resultados de las operaciones o la situación financiera de los registrantes; y sus impactos materiales reales o probables en el negocio, la estrategia y las perspectivas de los registrantes.
  • Gobierno y supervisión de los riesgos relacionados con el clima y los procesos pertinentes de gestión de riesgos.

b) Objetivos y metas

  • Si un solicitante de registro ha establecido objetivos o metas relacionados con el clima, la norma propuesta le obligaría a divulgarlos. Los registrantes también estarían obligados a revelar cómo pretenden cumplir esos objetivos o metas.

c) Métricas financieras

  • Los registrantes están obligados a proporcionar ciertas métricas de los estados financieros relacionadas con el clima y la información relacionada en una nota a los estados financieros auditados, sujetos a la auditoría de una empresa independiente de contabilidad pública registrada, y sujeto al control interno de los registrantes sobre la información financiera.

d) Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI)

  • Los solicitantes de registro deben proporcionar la siguiente información para su ejercicio fiscal más reciente, cubierto por un informe de verificación para los declarantes acelerados y los grandes declarantes acelerados:
    • Métricas de emisiones de GEI de los alcances 1 y 2, divulgadas por separado, expresadas tanto por GEI constituyente desagregado como en el agregado, y en términos absolutos y de intensidad
    • Emisiones de GEI de Alcance 3 e intensidad, si son significativas, o si los declarantes han establecido un objetivo o meta de reducción de emisiones de GEI que incluya sus emisiones de Alcance 3 

Esta continúa siendo una propuesta de norma de la SEC, pero es importante mantenerla en observación, dada la naturaleza cambiante de los temas en materia de sostenibilidad.

Más allá de las regulaciones y estándares, el empuje de la sostenibilidad solo gana fuerza a medida que se sufre de los impactos financieros, ambientales y sociales del business as usual. Cada vez más, este tema deberá funcionar de manera transversal en las organizaciones, no solo como un departamento, sino como una forma de operar y una cultura que debe permear en toda la organización. Los perfiles de los profesionales deben actualizarse e integrar conocimientos relacionados con esta materia.

Sin duda un reto, pero también una oportunidad para aquellas empresas que decidan prestar atención y actuar en consecuencia. El momento es ahora.

Mazars cuenta con profesionales en todo el mundo equipados para darle el soporte que requiere en su trayectoria hacia la sostenibilidad. 

 

Nota: A pesar del cuidado puesto en la preparación de esta publicación, Mazars no se hace responsable de los errores u omisiones que pueda contener. Esta publicación se basa en la mejor comprensión de Mazars de las disposiciones de las regulaciones y estándares hasta la fecha y su contenido puede evolucionar muy rápidamente por la naturaleza del tema.

 

Consulte a continuación las guías sobre CSRD elaboradas por Mazars

Preparing for CSRD_MX_at
CSRD_NON EU_MX_at

Contenido relacionado